Términos y Condiciones

TÉRMINOS Y CONDICIONES

PRIMERA.- OBJETO Que el ARRENDADOR es fletador/propietario de la EMBARCACIÓN OBJETO DE
ALQUILER

SEGUNDA.- PATRÓN – La embarcación se alquila con tripulación (excepto de las embarcaciones que se alquilan SIN PATRÓN).

TERCERA.- DURACIÓN – La duración está estipulada en el contrato de alquiler de cada barco.

CUARTA.- ENTREGA DE LA EMBARCAIÓN –  El ARRENDADOR se compromete a entregar la embarcación en perfecto
estado de funcionamiento en el Puerto, fecha y hora acordados. De igual forma se le hará entrega de las condiciones
generales del chárter.
EL ARRENDATARIO se compromete a devolver la embarcación en el puerto base, en el día y hora acordados. Cada
hora de retraso en la entrega supondrá un coste adicional de 150 euros.
Si por causas climatológicas de fuerza mayor fuera imposible la navegación, a criterio del patrón, el armador haría un
esfuerzo para cambiar el día de salida a otro día que hubiera disponible. En caso de que no se encontrase un momento
conveniente para las dos partes, Gestión de Ocio Marítimo La embarcación objeto de este contrato será destinada a la
navegación de recreo, no pudiendo ser utilizada para llevar a cabo operaciones comerciales o lucrativas devolvería el
dinero abonado.

QUINTA.- USO Y CONSERVACIÓN.
EL ARRENDATARIO se obliga a utilizar la embarcación como si fuera de su propiedad según las normas del buen
navegante y con respecto a las normas de la Comandancia de Marina. Será obligación del ARRENDATARIO mantener
en buen estado de uso la embarcación arrendada, así como todas las instalaciones en ella existentes. El numero de
personas a bordo, incluido el patrón, será el legalmente establecido y nunca superior a 12.

SEXTA.- SEGUROS
La embarcación y su tripulación están asegurados con una compañía de reconocido prestigio, que cubren cualquier
accidente ocurrido a bordo de la embarcación. Ni el ARRENDADOR, ni la embarcación, serán responsables de las
lesiones, daños personales, o materiales producidos a consecuencia de accidentes ocurridos con relación al buceo,
natación o actividad como esquí acuático, moto acuática o cualquier otra actividad que no hubiera sido contratada
expresamente por el ARRENDATARIO con el ARRENDADOR dentro de las actividades opcionales que éste le ofrece.

SEPTIMA.- RESOLUCIÓN
Para la resolución de cuantas cuestiones pudieran suscitarse con motivo de este contrato, las partes acuerdan someterse
a los Juzgados y Tribunales de Denia, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

Abrir chat
Hello, Hola!
How can we help you? ¿Cómo podemos ayudarte?
Start Chat if you need to know more about Términos y Condiciones
Empezar el Chat si quieres saber más de Términos y Condiciones